CUOTA COLEGIAL
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Cuota anual:
360 € + 64,80 € IVA = 424,80 € año
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Durante el 1er año los colegiados procedentes de una Escuela de Arquitectura del Estado Español:
180 € + 32,40 € IVA = 212,40 € año
El sistema de cobro de la cuota fija colegial, se hará fraccionando su importe por trimestres.
CUOTA COLEGIAL ARQUITECTOS FUNCIONARIOS
Para la reducción de la cuota colegial a Arquitectos funcionarios o personal laboral fijo con especial
dedicación al servicio de las Administraciones Públicas, Entes y Empresas Públicas, se deben cumplir los
siguientes requisitos:
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El Colegiado que desea acogerse a la bonificación en el 50% del importe anual de la cuota colegial
deberá solicitarlo expresamente a la Junta de Gobierno, acompañando certificación administrativa,
expedida por quien corresponda en el centro en el que desempeñe sus funciones, acreditativa de que se
halla en régimen de especial dedicación y, por tanto, incompatibilizado para el ejercicio libre de la
profesión de Arquitecto.
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Deberá presentar una declaración responsable de que no realiza actividades profesionales como
Arquitecto en el ámbito privado y que se obliga, en el supuesto de que las realizare en el futuro,
a poner dicha circunstancia en conocimiento del Colegio, aceptando, desde ese momento, el importe que
esté vigente para las cuotas colegiales.
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