Normativa - Habilitaciones
 Usuario no identificado [Identificar] Mi Perfil
Colegio Oficial de Arquitectos de Granada
Impresos   Expedientes   Circulares   Habilitaciones   Inf. Urbanística   Boletines  


NORMATIVA COMÚN SOBRE ACREDITACIÓN INTERCOLEGIAL DE ARQUITECTOS PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL

La entrada en vigor, el 21 de abril de 2002, de los nuevos Estatutos Generales de los Colegios de Arquitectos y su Consejo Superior incide directamente en el régimen de acreditación intercolegial de los Arquitectos para el ejercicio profesional en ámbitos colegiales distintos, imponiendo al Colegio de destino el deber de verificar por sí mismo "que el Arquitecto interesado reúne y mantiene los requisitos de habilitación profesional legalmente exigibles" (art. 20-3). A este fin, el Estatuto prevé la aplicación del Registro General de Arquitectos del Consejo Superior, o bien, alternativamente, el requerimiento directo de la información necesaria al Colegio de procedencia.

El Registro General será el instrumento eficaz y suficiente a este respecto una vez que se disponga del procedimiento de "firma electrónica" mediante el cual las diligencias de acreditación que del mismo se recaben puedan ser obtenidas con el valor o eficacia certificante que la función de visado requiere. Hasta ese momento y atendiendo a la vía alternativa de comunicación directa entre ambos Colegios contemplada en el precepto estatutario, habrá de recurrirse a procedimientos que, manteniendo un suficiente nivel de seguridad, permitan actuar con la eficacia y celeridad exigibles.

Por otra parte, el propio art. 20-3 de los Estatutos dispone que el Consejo Superior de Colegios aprobará la normativa común reguladora de la comunicación de encargos y acreditación intercolegial.

Primero

Con arreglo a lo dispuesto en el art. 19-2 de los Estatutos Generales de los Colegios de Arquitectos y su Consejo Superior, aprobados por R. D. 327/2002, de 5 de abril, el ejercicio profesional en el ámbito territorial de Colegio distinto al de su incorporación requerirá únicamente la comunicación del encargo por el Arquitecto al Colegio de destino (modelo normalizado anexo nº 1), quedando así sujeto a las competencias de éste en materia de ordenación, visado, control deontológico y potestad disciplinaria para todo cuanto concierna o se derive de la actuación profesional de que se trate.

En todo caso, la actuación profesional no podrá devengar contraprestaciones económicas distintas a las que éstos hayan de satisfacer por los mismos trámites o servicios.

Segundo

Recibida la comunicación, el Colegio de destino deberá verificar los requisitos de habilitación profesional del Arquitecto a la fecha en que hayan de expedirse los visados correspondientes. A este efecto, recabará la correspondiente acreditación intercolegial de habilitación que será expedida por el Registro General de Arquitectos del Consejo Superior mediante procedimiento de firma electrónica que asegure su autenticidad.

Alternativamente, el Colegio de destino podrá obtener la información necesaria del Colegio de procedencia, utilizando para ello la comunicación directa entre las Secretarías respectivas por vía fax (modelo normalizado anexo nº 2) o por correo electrónico (formato PDF protegido).

Tercero

Las actuaciones profesionales con incumplimiento del deber de comunicación darán lugar a que por el Colegio de procedencia se preste la colaboración que resulte necesaria para su subsanación. En caso de persistir el Arquitecto en la omisión de su deber, el Colegio de destino formulará la correspondiente denuncia ante el Consejo Superior de Colegios a los efectos previstos en el art. 44-3, último párrafo, de los Estatutos Generales.




Cuadrado de Ventanilla Unica Cuadrado de Posgrado Cuadrado de Colegio
Cuadrado de Colegio
Cuadrado de Visados
Cuadrado de Agenda
Cuadrado de biblioteca
Cuadrado de concursos
Cuadrado de secretaria
Cuadrado de tecnologia
Cuadrado de Convenios, Empresas y Colaboradores
Cuadrado de bolsa de Trabajo y Tablón de Anuncios

ÚLTIMAS NOTICIAS Circular de Secretaría 14/13. (22/05/2013) | Circular de Decanato 32/13. (20/05/2013) | Circular de Decanato 33/13. (20/05/2013) |
REVISTA DE PRENSA

Hemeroteca  |  Enlaces Mapa web  |  Contacto